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Ley de pensiones de Chihuahua viola la igualdad: SCJN

IMPULSO/ Redacción

México

Por considerarlo discriminatorio, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que son inconstitucionales los artículos de la ley del Instituto Municipal de Pensiones del Estado de Chihuahua que condiciona al varón estar totalmente incapacitado para acceder de los servicios médicos y pensión por viudez.

Al entrar en la discusión sobre la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en contra de los artículos 45, 47, 69, fracción I y 78 de dicha ley, los ministros consideraron que esos preceptos violan el derecho a la igualdad.

“Esta Suprema Corte de Justicia de la Nación en su integración de Primera, Segunda Salas, como de Pleno, ha sostenido la postura que implica priorizar la eliminación de concepciones estereotipadas respecto de los roles de género”, dijo la ministra ponente Norma Lucía Piña Hernández. Al fijar su postura, el ministro Javier Laynez Potisek indicó que si es el hombre el que fallece, a la viuda se le entrega la pensión sin mayor requisito; pero si es al revés, “entonces pareciera ser que el hombre tiene la capacidad de seguir trabajando y por lo tanto él no recibiría la pensión; entonces volvemos a una cuestión de roles entre el género masculino y el femenino”.