Julio 27, 2024
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IMSS demanda solidaridad de patrones con trabajadores

  • El Instituto Mexicano de Seguridad Social lamenta que los centros de trabajo se nieguen reconocer  el “Permiso Covid” como incapacidad temporal.

Existen centros de trabajo que se niegan a recibir el “Permiso Covid” como incapacidad temporal; ante esta situación, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), piden a los empleadores ser solidarios con los trabajadores y aceptar ese trámite que se realiza en línea, porque rompe cadenas de contagio del virus del SARS-CoV-2.

Ambas instituciones, dejan en claro a la iniciativa privada que el “Permiso COVID” tiene efectos legales y administrativos, equiparables a una incapacidad temporal, por lo que un empleado que presente síntomas respiratorios, puede tramitarlo a través de la aplicación IMSS Digital y en el sitio web oficial http://www.imss.gob.mx/covid-19/permiso.

En el IMSS, del 10 de enero al 3 de febrero, se otorgaron 314 mil 789 permisos. Al trabajador, se le da una incapacidad que dura siete días para quienes presentan síntomas y cinco días para personas asintomáticas que tienen prueba positiva.

Además, concede al trabajador que cumple con los requisitos establecidos en la Ley del Seguro Social, un subsidio económico equivalente a 60% de su salario registrado ante el IMSS, a partir del cuarto día de incapacidad; mismo que puede depositarse en la cuenta bancaria del empleado, sin necesidad de realizar traslados, lo cual evita salidas, aglomeraciones y ayuda a cumplir con el resguardo domiciliario.

En el IMSS, del 10 de enero al 3 de febrero, se otorgaron 314 mil 789 permisos.

Para solicitar este permiso, el trabajador debe agregar su CURP, número de Seguridad Social (NSS), Código Postal y dar clic en “Iniciar” para responder los cuestionarios sobre síntomas, vacunación y padecimientos preexistentes.

Posteriormente, el sistema pedirá ingresar información complementaria: número telefónico de contacto y si cuenta con prueba de enfermedad respiratoria, aunque ésta no será condicionante para el otorgamiento del “Permiso Covid”, debido a que la nueva versión que habilitó el Instituto, tiene como característica que es opcional adjuntar el resultado de una prueba positiva.

Al trabajador, se le da una incapacidad que dura siete días para quienes presentan síntomas y cinco días para personas asintomáticas que tienen prueba positiva.

El IMSS y la STPS también pidieron a los trabajadores no acudir a los centros laborales o reuniones sociales si se presentan síntomas compatibles con Covid-19, de manera que no representen un riesgo de potencial contagio.