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Violencia política de género y elecciones

IMPULSO/ Fernando Díaz Naranjo
Uno de los aspectos que el legislativo federal tiene pendiente con el género femenino, es el de garantizarles que puedan ejercer sus derechos de forma libre y plena, así como integrar normas que erradiquen la violencia política de género.
En este sentido, resulta importante conocer los rubros que han sido plasmados en las más de 20 iniciativas que, sobre violencia política de género, se han presentado tanto en la Cámara de Diputados como en la de Senadores entre 2015 a 2019.
De acuerdo con una recopilación de iniciativas sobre violencia política de género integrada por Strategia Electoral, destacamos a continuación, los principales rubros que se han presentado en ambas Cámaras del Poder Legislativo Federal:
Definir en la legislación la violencia política de género, estableciendo los actos relacionados con la misma, entre los que puedan estar, la agresión, la presión, la persecución, el hostigamiento, el acoso, la coacción, la vejación, la discriminación, las amenazas, etc.
Establecer en la legislación electoral federal medidas que deben de adoptar actores y autoridades para evitar esta problemática.
Incluir el precepto de violencia política de género en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para generar una adecuada coordinación entre las instancias responsables de atender los casos.
Generar diversas disposiciones en la legislación electoral federal para promover la igualdad entre el género femenino y el masculino, así como erradicar la discriminación y la eliminación de estereotipos y prácticas en contra de personas por su origen étnico, por edad, por género, entre otras.
Integrar en la legislación electoral federal la obligación por parte de los partidos políticos, de generar programas para identificar y erradicar la violencia política contra mujeres, así como el establecimiento de sanciones a sus militantes en caso de que incurran en este supuesto.
Establecer en la legislación federal que la violencia política de género sea integrada en los medios de impugnación con el objetivo de garantizar los derechos político electorales de las mujeres. Bajo este concepto, se podría establecer como causal de nulidad la determinación, por parte de la autoridad electoral, que se haya ejercido violencia política de género en contra de alguna candidatura.
Tipificar como delito en la legislación penal, la violencia política en razón de género, con diversas sanciones tanto económicas incluyendo prisión, así como la inhabilitación o destitución para el desempeño de algún cargo público en su caso. Establecer en la legislación federal respectiva, la reparación del daño en caso de la determinación estableciera que sí existió violencia política de género.
Estas iniciativas deberán ser materia del análisis oportuno del legislativo federal y, de ser el caso, bien podrían escuchar las opiniones de los órganos especializados y que han impulsado diversas acciones tanto para la prevención, como la atención y sanción de actos u omisiones en la materia. Asimismo, sería fundamental que el legislativo conociera algunas disposiciones locales y su impacto regulatorio en donde la violencia política de género ya se encuentra regulada.
Entre las acciones instrumentadas por instancias federales está la emisión de un protocolo que sirve de marco para orientar a las instituciones en su actuar, entre las que se encentran el INE, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la Fepade, la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas, el Instituto Nacional de las Mujeres, la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres y la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.
Consecuentemente, el legislativo federal debe integrar un marco legal acorde a nuestros tiempos, para que nuestras autoridades, principalmente las electorales, apliquen sanciones contundentes a las personas o funcionarios que comentan violencia política de género. Este nuevo marco regulatorio bien podría estar listo para su instrumentación en el proceso electoral federal 2020-2021. El legislativo federal tiene la palabra.