IMPULSO/ Agencia SUN
Estados Unidos
Hoy vemos claramente que el Congreso no autorizó ningún presupuesto para la construcción de un muro fronterizo. Donald Trump no puede legalmente argumentar emergencia nacional y financiar con otros recursos de otra partida la construcción del muro.
Mina Magallón.
El presidente Donald Trump ha dicho que puede declarar un estado de emergencia nacional y ordenar que se construya su muro fronterizo. Creemos que está equivocado. La Constitución de los Estados Unidos no contiene ninguna disposición de emergencia nacional que le permita al presidente gastar dinero para propósitos que no están autorizados primero por el Congreso. Debido a que el Congreso no ha autorizado el presupuesto para la construcción de un muro fronterizo con México, el presidente no puede saltarse legalmente los límites que el Congreso le marca, aun declarando que existe un estado de emergencia.
Thomas Jefferson enfatizó la importancia del imperio de la ley cuando escribió que George Washington se había ganado el “recuerdo eterno” al “obedecer las leyes a lo largo de toda su carrera, civil y militar.” Como comandante en jefe del ejército insurgente, Washington nunca perdió de vista el hecho de que su autoridad provenía del Congreso y que el propósito del ejército era cumplir con la voluntad del Congreso. Washington siempre pedía la previa autorización del Congreso para tener claro que no se excediera de los limites de la autoridad que se le había conferido.
Al final de la Guerra de Independencia cuando los ingleses son derrotados, Washington devolvió su comisión, el símbolo de su autoridad, al Congreso, ya que desde ese entonces el principio de que el presidente está sujeto al Congreso era la ley suprema. Nada, ni nadie podía estar por encima del Congreso. El límite que le puso el Congreso a Washington se fundó en la idea de terminar con el poder absoluto que tenía un monarca.
La resolución de la Suprema Corte de Justicia en junio de 1952 en el asunto conocido como Youngstown Sheet y Tube Co. v. Sawyer, estableció el precedente obligatorio de aplicación cuando sostuvo que el presidente Harry Truman no estaba autorizado para tomar el control y operar las fábricas de acero. El presidente Truman argumentó que como medida de emergencia nacional no podía dejar que la huelga de los trabajadores de la industria del acero interrumpieran la producción del acero ya que era de vital importancia para la fabricación de armamento. Truman conocía el peligro de no estar preparado para una guerra, él fue quien ordenó lanzar la bomba atómica en Hiroshima y Nagasaki.
En 1952 existía un estado de emergencia ya que la guerra contra Corea del Norte (apoyada por Rusia y China) había estallado. Además, estaban saliendo de la Segunda Guerra Mundial, apenas en 1951 el Congreso firmó el cese de agresión contra Alemania y en 1952 el Senado ratifica el Tratado de Paz con Japón. No obstante, el estado de emergencia que existía sin duda alguna por la guerra contra Corea del Norte, la Suprema Corte explicó que “cuando el presidente toma medidas incompatibles con la voluntad expresa o tácita del Congreso, el poder de este [el presidente] se encuentra en una posición sumamente vulnerable.”
La razón por la que la Suprema Corte consideró que el Congreso había dado a entender que Truman no podía actuar, era que el Congreso había promulgado otras leyes que sí permitían que varias medidas de emergencia se tomaran por Truman, pero no habían aprobado de manera explícita o tácita que el presidente tomara y operara todas las fábricas de acero.
Hoy vemos claramente que el Congreso no autorizó ningún presupuesto para la construcción de un muro fronterizo. Trump no puede legalmente argumentar emergencia nacional y financiar con otros recursos de otra partida la construcción del muro. No hay cláusula en la Constitución, no hay precedente jurídico que autorice a Trump a saltarse el muro de contención que le ha puesto el Congreso.
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GEORGE WASHINGTON.