IMPULSO/ Agencia SUN
Ciudad de México
La resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) implica que Telefónica México y probablemente el resto de empresas de telefonía fija y móvil deben pagar a América Móvil una tarifa de interconexión distinta a la decidida por el regulador para 2015.
La tarifa de interconexión es el costo que paga una empresa de telefonía fija o móvil a otra compañía para que las llamadas de sus clientes se enlacen a la red de otras empresas, a fin de concretar la comunicación.
Este miércoles, la Corte resolvió que se mantienen los cobros de tarifas de interconexión como indica la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, al decidir que el segundo párrafo del artículo vigésimo de la ley es constitucional.
“Para efectos de lo dispuesto en el inciso b) del artículo 131 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y hasta en tanto los concesionarios a que se refiere ese inciso no acuerden las tarifas de interconexión correspondientes o, en su caso, el instituto no resuelva cualquier disputa respecto de dichas tarifas, seguirán en vigor las que actualmente aplican, salvo tratándose del agente económico al que se refiere el párrafo segundo del artículo 131 de la ley en cita, al que le será aplicable el inciso a) del mismo artículo”, dice.
Sin embargo, dio la razón a América Móvil y le otorgó el amparo en cuanto a que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) debió asignar una misma tarifa de interconexión entre América Móvil y Telefónica México aplicable a 2015 y no sólo al periodo de agosto a diciembre de ese año.
A mediados de 2015, el regulador decidió que Telcel debía pagar a Telefónica México una tarifa de 0.3094 pesos para el periodo de agosto a diciembre de 2015, ante lo que la empresa de Carlos Slim se inconformó.
Por otra parte, el IFT decidió que Telcel pagaría una tarifa de 0.25 pesos para 2015 y de 0.18 pesos para 2016.
Con lo resuelto por la Corte, Telefónica México debe pagar la diferencia de 0.5 pesos a Telcel o la nueva tarifa que el regulador determine.
La Corte tiene pendientes nueve amparos interpuestos por América Móvil contra tarifas de interconexión; sin embargo, serán turnados a tribunales colegiados para su resolución.
Ramiro Tovar, analista en telecomunicaciones, aseguró que un incremento en el pago de tarifas de interconexión no implica un incremento en los precios al usuario final.
Tarifa cero en suspenso
La Ley señala que el agente económico preponderante en telecomunicaciones debe pagar una tarifa cero de interconexión a sus competidores, lo cual entró en vigor en agosto de 2014. América Móvil interpuso un amparo que perdió, pero el asunto llegó a manos de la Corte, donde no se conoce proyecto alguno para ser discutido.