IMPULSO/ Agencia SUN
Ciudad de México
El debate sobre el consumo de marihuana con fines lúdicos y sin afán de lucro regresará a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) con un nuevo amparo, por lo que una vez que se pueda concretar el fallo, los ministros podrían notificar al Congreso de la Unión sobre la segunda de cinco sentencias en el mismo sentido.
Este miércoles, la primera Sala de la Corte analizará a fondo la propuesta del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo para declarar inconstitucionales cinco artículos de la Ley General de Salud que prohíben el consumo de la droga.
El asunto derivó de un amparo promovido por Ulrich Richter Morales, quien buscará un resultado como el de noviembre de 2015, en el que la Corte concedió la protección federal a cuatro personas para el consumo lúdico de la hierba.
Si el proyecto se aprueba, el litigante tendrá permiso para cultivar y consumir su propia mariguana sin fines de comercio, pero con fines “meramente lúdicos y recreativos”.
Esto, porque uno de los efectos establecidos en el proyecto del ministro Pardo es que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios le conceda una autorización sanitaria específicamente para esos términos, y en el entendido de que el litigante deberá procurar no afectar a terceros con el consumo que pretende realizar de manera libre.
El ministro propondrá declarar inconstitucionales los preceptos de la Ley General de Salud que prohíben a la Secretaría de Salud emitir este tipo de autorizaciones para consumo lúdico de la mariguana por resultar excesivos y violatorios del derecho al libre desarrollo de la personalidad, como propuso en su oportunidad en 2015 el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
“Declaratoria de inconstitucionalidad que no supone en ningún caso autorización para realizar actos de comercio, suministro o cualquier otro que se refiera a la enajenación y/o distribución de las substancias antes aludidas, en el entendido que el ejercicio del derecho no debe perjudicar a terceros”, señaló el ministro en su participación.
Si la Primera Sala vota a favor, Richter no podrá consumir mariguana frente a menores de edad, ni en lugares públicos donde se encuentren otras personas que no hayan brindado su autorización para ello.
La Primera Sala deberá notificar al Congreso de la Unión de esta segunda sentencia como un aviso de que con tres más en el mismo sentido, y sin ninguna en contrario, se podría iniciar el proceso de declaratoria general de inconstitucionalidad.
Este proceso permitiría que con 8 votos de los 11 integrantes del pleno de la Corte se invaliden los cinco artículos que prohíben el uso de la mariguana con fines lúdicos en el país.