Noviembre 17, 2024
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Reducirán porcentajes en plebiscitos

: Bajar a 0.5% los ciudadanos inscritos en padrón electoral necesarios para convocar a plebiscito, propuso morena

A fin de alcanzar el ejercicio pleno de la participación ciudadana, de la democracia directa y la consolidación del Estado de derecho, la diputada Karina Labastida Sotelo presentó, en nombre del Grupo Parlamentario de morena, una iniciativa para fortalecer el plebiscito, el referéndum, la consulta popular y la iniciativa ciudadana, y reducir los porcentajes necesarios de participación ciudadana para su aplicación efectiva.
La propuesta de reforma al artículo 14 y a las fracciones VII y VIII del artículo 29 de la Constitución Política estatal también fue presentada por la legisladora en nombre de las y los estudiantes de la Facultad de Estudios Superiores (FES) Acatlán y de las Universidades Insurgentes e ICEL, quienes participaron en el primer Parlamento Interuniversitario 2018, celebrado el mes de noviembre pasado.
La modificación del artículo 14 de la Constitución local señala que el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) convocará a plebiscito a solicitud del gobernador del estado y de la ciudadanía, para someter a la aprobación o rechazo de la ciudadanía, de manera previa a su ejecución, actos o decisiones que a su juicio sean de trascendencia estatal.
A referéndum, a solicitud de la Legislatura, para que la ciudadanía manifieste su aprobación o rechazo sobre la creación y abrogación de leyes, así como por la adición, reforma o derogación de disposiciones legales.
Y, a consultas ciudadanas, a solicitud del gobernador, la Legislatura y los ayuntamientos, por sí o en colaboración, para someter a la consideración de la ciudadanía cualquier tema que tenga impacto en los ámbitos territoriales que les corresponda.
La propuesta de reforma al artículo 29 establece como prerrogativas de los ciudadanos iniciar leyes, en los términos y con los requisitos que señale la Constitución y la ley de la materia y solicitar se convoque a plebiscito, referéndum y consulta popular, así como votar, opinar y participar en los procedimientos de participación ciudadana en términos de lo que establezca tanto la Constitución como la ley de la materia.

Propone reducir de 40 a 20 por ciento la participación que se requiere para que el resultado sea vinculatorio para los poderes Ejecutivo y Legislativo locales, así como para las autoridades municipales competentes, pues el porcentaje actual, equivalente a más de cuatro millones de votantes, es demasiado alto.

Respecto a la iniciativa popular, reconoció que no se cuenta con registros sobre el total de iniciativas ciudadanas que han sido recibidas en el Congreso local, cuántas han sido leídas en el Pleno, turnadas y dictaminadas en comisiones, así como discutidas, aprobadas y publicadas.

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