Diciembre 25, 2024
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Pilotos podrán agremiarse en 2 sindicatos

IMPULSO/Agencia SUN
Ciudad de México

La Asociación Sindical de Pilotos Aviadores de México (ASPA) respaldó las reformas a la Ley Federal del Trabajo (LFT) en materia de libertad sindical y negociación colectiva, donde se les permite a los pilotos agremiarse en dos sindicatos.
El artículo 245Bis de la LFT ahora permite la libre asociación sindical a través de la posibilidad de coexistencia de dos sindicatos dentro de una aerolínea: uno de industria y uno gremial.
ASPA precisó que este artículo pertenece a una sección especial dentro de la LFT que habla de las tripulaciones aéreas.
“El hecho de que haya una sección especial se da en virtud de las actividades tan específicas que realizamos y que no se pueden incluir en el conjunto general, por ejemplo, cada año los pilotos debemos demostrar capacidad técnica, teórica, física y psicológica para poder seguir volando o podríamos perder nuestra licencia”.
“También tenemos diferentes jornadas de servicio, de descanso, adiestramientos periódicos e incluso los motivos de separación laboral son más estrictos que para otros trabajadores”, explicó ASPA, en un comunicado.
La Asociación destacó que la profesión de piloto aviador tiene particularidades que la hace diferente a otras, pues en las operaciones aéreas está en juego la seguridad de los pasajeros, la conectividad del país e incluso la soberanía nacional.
“Creemos que quienes deben representar los intereses de los pilotos deben ser pilotos, es decir, un sindicato gremial”.
“Por ello es que en ASPA respaldamos el recién agregado artículo 245Bis de la Ley Federal del Trabajo, protege la existencia de asociaciones gremiales y con ello se contribuye a fortalecer la estabilidad de la industria aérea”, dijo Rafael Díaz Covarrubias, secretario general de ASPA de México.
Las reformas a la LFT responden a un viejo anhelo de los pilotos de contar con un sistema de justicia compatible con las necesidades de los trabajadores y el artículo 245Bis abre una oportunidad para hacer realidad una negociación colectiva auténtica.
La reforma a la Ley Federal del Trabajo en materia de Justicia Laboral, Libertad Sindical y Negociación Colectiva se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2019.
El Artículo 245 Bis indica que la existencia de un contrato colectivo de trabajo que abarque a la totalidad de los trabajadores no será impedimento para que coexista con otro pacto sindical celebrado con un sindicato gremial de pilotos o sobrecargos, si la mayoría de los trabajadores de la misma profesión manifiestan su voto a favor del sindicato gremial.
El sindicato gremial que afilie pilotos o sobrecargos podrá demandar la titularidad de un contrato que abarque la totalidad de trabajadores por lo que hace al gremio que represente.

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