Diciembre 25, 2024
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Otorga PJEM 2 mil 691 órdenes de aprehensión en este año

Y mil 276 órdenes de cateo, con lo cual agilizó diligencias que requieren atención inmediata y facilitando el acceso de las víctimas a la justicia.

Guadalupe Rosas Suárez/Toluca

De enero a octubre de este año, el Poder Judicial del Estado de México otorgó dos mil 691 órdenes de aprehensión y mil 276 órdenes de cateo, con lo cual agilizó diligencias que requieren atención inmediata y facilitando el acceso de las víctimas a la justicia.

Asimismo, en este 2021, el Juzgado de Control Especializado en Cateos, Órdenes de Aprehensión y Medidas de Protección en línea del Poder Judicial del Estado de México, ha emitido cuatro mil 338 resoluciones, con lo cual se agiliza la administración de justicia y se ubica como una herramienta tecnológica que responde a las necesidades de la sociedad de manera rápida y eficaz.

Desde su entrada en operación en marzo a la fecha, los jueces de este órgano jurisdiccional han ratificado, cancelado o modificado 371 medidas de protección impuestas por el Ministerio Público y en menos de cuatro horas resuelven en pro de la protección de las mujeres y sus derechos en el Estado de México.

Del total, 103 medidas se han determinado en el Distrito Judicial de Ecatepec, 74 Tlalnepantla, 54 Cuautitlán, 42 Toluca y 30 Chalco, que en conjunto representan 81.67%. El resto de los distritos con 15 en Tenango del Valle, 11 Lerma, nueve en Tenancingo, siete en Ixtlahuaca, seis en Jilotepec, cinco en El Oro, cinco en Otumba, tres en Nezahulacóyotl, tres en Zumpango, dos Texcoco y dos Valle de Bravo.

Cabe mencionar que en 2016 inició operaciones este órgano jurisdiccional, como Juzgado Especializado de Órdenes de Aprehensión y de Cateo en línea, el cual, a través de la tecnología, recibe las solicitudes de la Fiscalía General de Justicia, salvaguardando a los mexiquenses, con un servicio las 24 horas de los siete días de la semana. En marzo de este año, amplió sus competencias para atender también las medidas.

En el Artículo 137 del Código Nacional de Procedimientos Penales, se establecen como medidas de protección, la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima u ofendido, limitación para asistir o acercarse al domicilio o al lugar donde se encuentre, separación inmediata del domicilio, entre otras.