Diciembre 27, 2024
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Negligencia en accidente de trabe

IMPULSO/ Patricia López Vences
Toluca
Negligencia, homicidio imprudencial con responsabilidad para el área de ingeniería, falta de vigilancia del superintendente de la empresa constructora y de la empresa contratada para supervisar la obra, así como de los gobiernos estatal y federal, son elementos a considerar para aplicar las sanciones respectivas, evitando que recaigan en trabajadores que sólo cumplieron con instrucciones de superiores al dejar trabes sin terminar de armar, las cuales cayeron y causaron la muerte a una persona.

El perito y urbanista Arturo Chavarría Sánchez resaltó que hubo falta de responsabilidad de quienes están al frente del área de ingeniería, quienes debieron dar la instrucción de colocar esas trabes para ensamblarlas, atornillarlas y no dejarlas detenidas con polines, causando el incidente registrado.

El Gobierno estatal, a través de la Junta Caminos, debe supervisar la obra, además de que la SCT federal, vía delegación estatal, contrató a Servicios de Apoyo Profesional, S.A. de C.V. desde mayo del 2013 para supervisar las obras del distribuidor vial Alfredo del Mazo y López Portillo en las diversas etapas y tener un residente de obra para supervisar obras de esa magnitud.

La empresa constructora Jaguar Ingenieros Constructores, S.A. de C.V. está obligada a contratar profesionales especializados en el ramo para realizar ese tipo de armados. Se destacó que esta empresa se debe hacer responsable e indemnizar a los familiares de la persona que perdió la vida en el desplome de una trabe.

DATO:
Jaguar Ingenieros Constructores, S.A. de C.V. está obligada a contratar profesionales especializados en el ramo para realizar ese tipo de armados que van a un segundo y tercer nivel.

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