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México
Cuando un familiar muere, la desolación que se vive no permite pensar en los pendientes financieros por atender, como son los recursos acumulados en la cuenta de la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore), los cuales pueden ser reclamados por los beneficiarios.
De acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), existen dos tipos de beneficiarios: legales y sustitutos.
Explica que entre los legales están la viuda o el viudo; los hijos menores de 16 años (mayores si no pueden mantenerse solos o están estudiando); y a falta del cónyuge, la concubina o el concubinario.
Asimismo, a falta de los anteriores, corresponde a cada uno de los ascendientes del trabajador si dependen económicamente de él. Estos beneficiarios los determina el Instituto Mexicano del Seguro Social.
La comisión defensora destaca en una infografía que, a falta de beneficiarios legales, los recursos se entregarán al beneficiario sustituto; es decir, al que designa directamente el trabajador en la Afore, y no necesariamente tiene que ser un familiar. FUENTE: MVS