IMPULSO/ Agencia SUN
Ciudad de México
Los lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias que regulan la defensa de los televidentes de señales abiertas y de paga prevén que se detengan las transmisiones si hay alguna afectación a las audiencias.
“Se reglamenta la suspensión precautoria de transmisiones establecida en la ley para que se realice en forma racional y objetiva, garantizando la protección de la libertad de expresión de los concesionarios y programadores y evitando la censura previa, de manera que cuando estos sean advertidos, previo a la orden de suspensión puedan hacer valer lo que a su derecho corresponda”.
El Pleno del IFT aprobó dichos lineamientos y las empresas tendrán un mes para aplicarlos a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. “Los lineamientos precisan los derechos de las audiencias previstos en la ley según el tipo de servicio de que se trata; y con respecto de grupos específicos protegidos por la ley (niños y discapacitados)”.
Sobre las sanciones, agregó que existen atribuciones que corresponden a autoridades como la Secretaría de Gobernación o a la de Salud.
Señala que los lineamientos cuentan con los procedimientos que tienen las audiencias para defenderse. “Contienen los procedimientos para el nombramiento de defensores, para la presentación de quejas por parte de las audiencias, y directrices en cuanto a la composición de códigos de ética de los concesionarios y programadores a través de multiprogramación, así como de concesionarios de televisión restringida”.