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IFDP esperan revertir prisión preventiva oficiosa

  • 40% de las personas que enfrentan un procedimiento penal federal no reciben sentencia en el periodo legal establecido.

Por un amparo promovido por Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP), este miércoles, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidirá si los jueces pueden revertir la prisión preventiva oficiosa después del plazo constitucional de dos años; lo cual beneficiaría a muchos mexicanos, pues 40% de las personas que enfrentan un procedimiento penal federal no reciben sentencia en el periodo legal establecido.

El director de área de la Unidad de Litigio Estratégico en Derechos Humanos del IFDP, Moisés Alberto Terán Amaya explicó que desde la Defensoría Pública se busca dejar un precedente que permita establecer límites racionales a la prisión preventiva, porque son muchos los que están privados de su libertad por más de dos años, sin que se les declare inocentes o culpables.

Recordó que los nuevos paradigmas de Derechos Humanos establecen el principio de presunción de inocencia y “todos son inocentes hasta que no haya una sentencia firme que diga lo contrario”. Por ello, subrayó que la determinación que tome la SCJN será significativa, porque todos los jueces del país tendrán que adoptar ese criterio y se beneficiaría a quienes han estado mucho tiempo en prisión preventiva oficiosa.

Detalló que el tema llegó a la SCJN por el caso de Álvaro, un hojalatero, papá de dos niñas, que padece diabetes y quien fue detenido en 2018, acusado de participar en un secuestro exprés y presentado ante el Agente del Ministerio Público de la Ciudad de México.

Comentó que a pesar de haber negado su participación en los hechos lleva más de tres años en prisión preventiva oficiosa. Tuvo 10 audiencias en el fuero local y después se dieron cuenta que el correcto era el fuero federal, porque el delito que se cometió fue en un vehículo de LICONSA contra un servidor público federal.  

En 2020, el IFDP solicitó audiencia para debatir el cese y sustitución de la medida cautelar oficiosa por exceder el plazo que marca la Constitución, sin embargo, la jueza de control negó la solicitud y el Tribunal Unitario en Materia Penal confirmó la resolución. Ante esta situación, la Defensoría Pública interpuso un medio de defensa porque la decisión contraviene la Carta Magna y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Esperan que la SCJN emita su pronunciamiento relevante respecto al derecho que tienen toda persona sujeta a prisión preventiva de seguir su proceso en libertad.

El 15 de julio de 2021, la Suprema Corte aceptó la competencia y designó como ponente al ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, por lo que ahora se espera que la SCJN emita un pronunciamiento relevante respecto al derecho que tienen toda persona sujeta a prisión preventiva de seguir su proceso en libertad, sin que esto signifique que el delito quede impune.

El funcionario federal señaló que, como obre el caso de Álvaro, a quien no se le ha dictado sentencia en más de tres años, existen muchos a quienes se les violan sus derechos humanos como la libertad personal y a ser juzgado en un plazo razonable.