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EL IEEM PROTEGE DATOS PERSONALES DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA POLÍTICA Y DE GÉNERO

Con las Recomendaciones Generales para la Protección de Datos personales Vinculados con Violencia de Género y Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, el Instituto Electoral del Estado de México evita que se vulneren sus derechos.

Como parte de las acciones para impulsar la cultura de la no violencia de género y/o violencia política contra las mujeres en razón de género, el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) cuenta con las Recomendaciones Generales para la Protección de Datos personales Vinculados con Violencia de Género y Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.

Este documento, aprobado por el Comité de Transparencia de este Instituto Electoral en su Décimo Tercera Sesión Extraordinaria del 26 de mayo de 2021, incluye una serie de medidas para salvaguardar a las posibles víctimas de violencia de género y violencia política contra las mujeres en razón de género. 

Las Recomendaciones Generales evitan la revictimización; tutelan y protegen los derechos de las víctimas de violencia, a través de una intervención respetuosa en el tratamiento de sus datos personales, evitando que se vulneren sus Derechos Humanos, la dignidad humana, y se menoscaben su seguridad y sus libertades personales. 

Entre estas medidas se destacan: Abstenerse de difundir entre el personal, los nombres e información de las víctimas, de quienes tengan la calidad de denunciantes o presuntas responsables; evitar la difusión de mensajes o de contenidos en medios de comunicación electrónicos, impresos e internet de datos personales.

Las Recomendaciones sugieren evitar que se realicen pronunciamientos o manifestaciones que puedan generar una doble afectación y que atenten contra el derecho a la privacidad y honor, tanto de las víctimas, como de quienes tengan la calidad de denunciantes o presuntos responsables.

Las Recomendaciones Generales buscan evitar cualquier tipo de señalamiento o pronunciamiento sobre la vida privada, imagen, características físicas o condiciones de discapacidad de quienes funjan como personas servidoras públicas electorales, víctimas, integrantes de los partidos políticos, precandidaturas o candidaturas, denunciantes o presuntos responsables que se involucren en casos de violencia de género o violencia política en razón de género.