IMPULSO/Alfonso Pérez Daza
El próximo 18 de junio, se cumple un año del inicio formal del sistema de justicia penal acusatorio en todo el país. A casi 365 días de esta fecha, es oportuno hacer un balance de las metas cumplidas y los retos por resolver.
En la justicia penal federal, los procedimientos abreviados se resuelven en un promedio de 116 días, los acuerdos reparatorios en 164 y los juicios orales en 287 días. El delito más recurrente es el de portación ilegal de armas de fuego, seguido por los delitos contra la salud, robo de hidrocarburos y delitos fiscales. Del total de asuntos, solamente 4% termina en juicio, 82% se resuelve por medios alternativos de solución de controversias y 14% por otras salidas procesales. Esto significa que hasta el momento, la mayoría de los casos se resuelven a través de la mediación y en todos éstos, la víctima u ofendido obtuvo la reparación del daño y la persona procesada fue declarada culpable o cumplió las condiciones impuestas por el juez. La eficiencia del sistema radica en que la justicia penal es más pronta y expedita.
Uno de los hechos que más ha llamado la atención de la opinión pública es que los procesados quedan rápidamente en libertad, incluso en casos de delito flagrante. A ese respecto, la Conferencia Nacional de Gobernadores planteó la idea de ampliar los supuestos de prisión preventiva. Sin embargo, el hecho de que la mayoría de los procesados estén en libertad no es una falla del sistema y mucho menos un error de los jueces; por el contrario, la Constitución y el Código Nacional de Procedimientos Penales disponen expresamente que sólo habrá prisión preventiva para los delitos contra la salud, homicidio, genocidio, violación, espionaje, corrupción de menores, delincuencia organizada, terrorismo, sabotaje y traición a la patria; ello con la finalidad de respetar el principio de presunción de inocencia. No debemos olvidar que por años se criticó el uso excesivo de la cárcel preventiva y que muchos inocentes estuvieron encarcelados, causándoles un daño irreparable. Por eso, en el nuevo sistema, el uso de la prisión preventiva es excepcional.
En cambio, uno de los retos pendientes a nivel federal, es la creación de la unidad de medidas cautelares. La ausencia de esta autoridad implica la falta de supervisión de las determinaciones de los jueces federales. Aún no se implementan medidas como el brazalete electrónico, la vigilancia sobre el procesado, el resguardo en el domicilio. Además, la falta de personal dedicado a la ejecución de medidas cautelares obliga a los jueces federales a solicitar el auxilio de los policías, autoridades estatales o de la policía federal, quienes no tienen la infraestructura adecuada para ello.
Otro reto por atender es la existencia de una base de datos nacional; sin ella, es factible que exista impunidad. Imaginemos que una persona es detenida por el delito de fraude, pero llega a un acuerdo con la víctima y le devuelve el dinero que ilícitamente le había quitado, para evitar ser procesado y sancionado. Si esa persona sale a la calle y comete otro delito similar, la ley dispone que ya no podrá celebrar otro acuerdo reparatorio, necesariamente debe ser juzgado y sentenciado.