Julio 16, 2024
Clima
18°c Máxima
18°c Mínima

Comentario a tiempo

IMPULSO/Teodoro Rentería Arróyave

Protocolo Homologado (XXXII)

La Planeación de la Investigación del Protocolo Homologado, propuesto por la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos Contra la Libertad de Expresión, FEADLE, de la Procuraduría General de la República, PGR, como lo hemos reproducido en su parte medular de la materia, también se refiere a la protección de la víctima u ofendido de la siguiente manera:

4.- Protección de la víctima u ofendido

Implementación de medidas de protección por parte del agente del Ministerio Público

En el caso en que la víctima u ofendido, manifieste que no se encuentra incorporado al Mecanismo de protección de personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas y manifieste que existe un riesgo a su vida e integridad personal, la o el agente del Ministerio Público bajo su más estricta responsabilidad, determinará sobre la necesidad de dictar fundada y motivadamente la aplicación de las medidas de protección idóneas, de conformidad con lo establecido en el artículo 137 Código Nacional de Procedimientos Penales.

Para este efecto, analizará de manera inmediata si existen condiciones de riesgo y/o vulnerabilidad para la víctima u ofendido, tomando en consideración los siguientes principios y criterios:

– Principio de protección: Considera primordial la protección de la vida, la integridad física, la libertad y la seguridad de las personas.

– Principio de necesidad y proporcionalidad: Las medidas de protección deben responder al nivel de riesgo o peligro en que se encuentre la persona destinataria, y deben ser aplicadas en cuanto sean necesarias para garantizar su seguridad o reducir los riesgos existentes.

– Principio de confidencialidad: Toda la información y actividad administrativa o jurisdiccional relacionada con el ámbito de protección de las personas, debe ser reservada para los fines de la investigación o del proceso respectivo.

– Principio de oportunidad y eficacia: Las medidas deben ser oportunas, específicas, adecuadas y eficientes para la protección de la víctima y deben ser otorgadas e implementadas a partir del momento y durante el tiempo que garanticen su objetivo. Continuará.