Diciembre 24, 2024
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Claudio Barrera Gutiérrez, nuevo presidente de AMECROM

IMPULSO/ Redacción
Mesa Directiva 2019-2021 rindió protesta en LX Legislatura
Con un llamado a los 125 presidentes municipales del Estado de México a cumplir lo señalado en la Ley Orgánica Municipal respecto al trabajo que desempeñan los cronistas, el diputado Gerardo Ulloa Pérez, vicecoordinador del Grupo Parlamentario de morena en la 60 Legislatura mexiquense, tomó protesta a la Mesa Directiva de la Asociación Mexiquense de Cronistas Municipales (Amecrom) para el periodo 2019-2021.
Gerardo Ulloa reconoció la labor que realizan diariamente los cronistas municipales, pues su labor preserva y rescata la historia de los municipios a través de testimonios que permiten conocer los usos, costumbres, formas y modelos que se han dado en la historia de la entidad. El legislador celebró también los casi 37 años de la fundación de la Amecrom, porque su trabajo sigue dando frutos y privilegia la preservación y conservación de monumentos y edificios con valor histórico, así como el rescate de la palabra de quienes forman parte importante de cada municipio y que ofrecen un testimonio de la historia.
“El trabajo del cronista debe de estar encaminado no solo a difundir nuestra historia, sino a preservarla para un mejor futuro”, destacó Ulloa Pérez.
La mesa directiva de la Amecrom, para el periodo 2019-2021, está encabezada por los cronistas Claudio Barrera Gutiérrez, de Lerma, y Diógenes Serrano Cerón, de Rayón, quienes se desempeñarán como presidente y vicepresidente, respectivamente; Pedro Gutiérrez Arzaluz (Ocoyoacac), Blanca Oralia Arce Valdés (Texcaltitlán), Arturo Galicia Córdoba (Jocotitlán) y Francisco García Martínez (Temascalcingo) ocupan los cargos de secretario general, tesorera, secretario de actas y secretario técnico, respectivamente. Claudio Barrera dijo que pese a que algunos municipios han mostrado interés por la figura jurídica del cronista, ésta no ha terminado de ser entendida por autoridades administrativas, por lo que indicó que es necesario adicionar y modificar los artículos 31 fracción XXXVIII y artículo 47 incisos B al D de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México para que se tenga derecho expreso y pleno en la Ley Orgánica y en el Bando Municipal que expiden los ayuntamientos para regular la vida de los municipios.