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Certeza jurídica en la propiedad de vivienda

IMPULSO/ Redacción
Metepec
: Amplían alcances del juicio ordinario de usucapión con reforma aprobada por el Congreso Local, con la que los ciudadanos podrán obtener su título de propiedad más rápido.
Con la reforma a la ley, se acorta el tiempo en que los mexiquenses pueden ser reconocidos como propietarios de sus predios cuando promuevan un juicio de usucapión ordinario, proceso legal a través del cual se formaliza la adquisición de una propiedad por el tiempo y las condiciones establecidas en la ley.
Para que más mexiquenses puedan obtener sus títulos de propiedad y así dar certeza jurídica a su patrimonio, el Ejecutivo estatal propuso al Congreso del Estado de México una reforma, aprobada el 26 de abril, para ampliar los alcances del juicio de usucapión.
Con los cambios a la ley, se permite que la sentencia ejecutoriada, que lo declara procedente, se inscriba directamente en el Instituto de la Función Registral (IFREM), dependencia sectorizada a la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos del Estado de México.
Este proceso permite que los mexiquenses que no posean las escrituras de su predio, pero que hayan vivido en ellos más de cinco años y puedan comprobar mediante algún contrato de compra-venta o donación ser los dueños, podrán ser reconocidos legalmente como propietarios a través del juicio de usucapión.
En este sentido, el programa que impulsa la Secretaría de Desarrollo Urbano (SEDUYM), a través del Instituto Mexiquense de la Vivienda Social (IMEVIS) y en alianza con el Tribunal Superior de Justicia del Estado de México y el IFREM, tiene como objetivos mejorar las condiciones de vivienda de los mexiquenses, regularizar el mayor número de asentamientos en la región y actualizar el padrón catastral de los ayuntamientos mexiquenses.
Este programa es una vertiente de la Política de Vivienda del Estado de México, la cual apoya a las familias con menos recursos para que cuenten con un patrimonio seguro y una mejor calidad de vida.

Los requisitos para acceder a este programa son: documento de inscripción del inmueble en el IFREM, contrato de compra-venta o donación de la propiedad, identificación oficial de los involucrados (comprador-vendedor); en caso de que el vendedor ya no viva, la identificación será de su albacea, más un croquis de localización del predio.

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