Diciembre 24, 2024
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IMPULSO/Irene Tello Arista
Es la impunidad
La portada de la revista New York de la semana pasada presenta la imagen del presidente Trump con una enorme nariz porcina y una sonrisa amante que corona el titular: “Es la corrupción, estúpido”. Esta frase, modificación del eslogan de campaña del 92 de Bill Clinton (“Es la economía, estúpido”), pone el énfasis en el punto débil de la actual administración estadounidense de cara a las próximas elecciones. Este domingo a las 8 de la noche será el primer debate entre candidatos a la Presidencia en nuestro país. Las temáticas a discutir serán: seguridad, corrupción y democracia. A tres semanas del inicio de campaña, se han escuchado algunas propuestas para reducir los niveles de inseguridad y de corrupción. Sin embargo, si no se considera el combate a la impunidad en estos temas, no se podrán ofrecer propuestas que logren revertir estos fenómenos.
El famoso “no pasa nada” con que se describe a la impunidad tiene como consecuencia una incapacidad para investigar y esclarecer delitos y actos de corrupción. La indignación y el enojo ante los actos de corrupción motivan a pensar en penas de cárcel para todo funcionario que incurra en ellos. Sin embargo, pocas veces pensamos en aplicarles una multa, destituirlos de su cargo o inhabilitarlos para el servicio público. Antes de la creación del Sistema Nacional Anticorrupción, la Secretaría de la Función Pública (SFP) era la institución encargada de recibir, iniciar y concluir los procesos de responsabilidad administrativa contra funcionarios públicos por quejas o denuncias respecto a un posible acto de corrupción o por incumplir con sus obligaciones. Analizando las cifras de desempeño de la SFP de 2012 a 2016, se obtiene que de cada 100 irregularidades, tan sólo 8 son sancionadas (información del estudio de Impunidad Cero, Las responsabilidades administrativas y el SNA, del maestro Darío Ángeles).
Por otra parte, en promedio 40% de las sanciones impuestas por la SFP son amonestaciones, las cuales se consideran como sanciones menores. Esta baja capacidad sancionatoria en parte se debe al Tribunal Federal de Justicia Administrativa, que anula en promedio 41.8% de las sanciones que impone la SFP, así como a múltiples fallas en el sistema, pero no podemos estar del todo seguros cuáles, ya que la información pública no permite saber cómo se concluyen los expedientes de quejas administrativas o por qué razones se anulan los casos. Quizá la autoridad no recabó pruebas suficientes, o se les pasó el tiempo para imponer la sanción, o la denuncia estaba infundada. Con la creación del SNA tenemos una nueva ley para regular la actividad de los funcionarios públicos, la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que contiene una lista de actos de corrupción que siempre son considerados como graves. A pesar de esta nueva ley, si no se consideran las fallas en el anterior procedimiento de imposición de sanciones administrativas, seguiremos teniendo una alta impunidad en casos de corrupción.