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SAT no podrá usar información del #PanamáPapers


IMPULSO/ Agencia SUN

Ciudad de México

La información que se solicitó a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) sobre los contribuyentes mencionados en el caso Panamá Paper no podrá ser utilizada para fines fiscales.

Así lo dio a conocer el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el tercer informe de avances sobre el caso que reveló el Consorcio Internacional de Periodistas.

El SAT explicó que debido a las atribuciones de la unidad antilavado de Hacienda, no podrá usar esa información para el caso de mexicanos con inversiones en paraísos fiscales que contrataron a la firma Mussack Fonseca con sede en Panamá.

Eso significa que el brazo fiscal de la SHCP estará impedido para validar información valiosa ante probables sospechas de que esos vehículos de inversión pudieron aprovecharse para ocultar operaciones de procedencia ilícita como el lavado de dinero o financiamiento al terrorismo que México está comprometido a combatir al ser miembro del Grupo de Acción Financiera contra el Blanqueo de Capitales (GAFI).

De acuerdo con el SAT para poder seguir recuperando impuestos omitidos derivados de los Panamá Papers, faltan seis instituciones financieras o bancos de entregar información que se les pidió sobre las personas identificadas en este caso y que pudieron haberse acogido al esquema de “pago anónimo” o bien regularizar sus capitales en el extranjero en materia impositiva bajo este beneficio de no dar a conocer su identidad.

Al 15 de septiembre sólo 64 de un total de 70 instituciones entregaron dicha información. Como se recordará fiscalistas han cuestionado esta acción de la autoridad, al argumentar que cuando estaba vigente dicho programa de pago anónimo la ley los protegía de guardar el secreto fiscal.

El SAT también pidió a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) la misma información y sólo ha entregado la correspondiente de seis de un total de 70 que comprende el periodo de 2010 a 2014.

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