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ATIENDE IEEM REQUERIMIENTOS DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES SOBRE RESULTADOS DE LA ELECCIÓN 2024

Con estas acciones, el Instituto Electoral del Estado de México reitera su compromiso de brindar certeza a la ciudadanía y proteger sus derechos político-electorales.

Hasta la fecha, el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) ha atendido un total de 26 requerimientos, de los cuales 25 han sido realizados por el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) y uno por parte de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) relacionados con las impugnaciones derivadas de los resultados de la elección de miembros de los Ayuntamientos y Diputados de Mayoría Relativa y Representación Proporcional del Proceso Electoral 2024

Dichas solicitudes han implicado la remisión de diversa documentación electoral como: Actas de Escrutinio y Cómputo; Actas de la Jornada Electoral; Hojas de Incidentes; Copias certificadas de diversos acuerdos relacionados con sustituciones de candidaturas; y más.En este orden de ideas, el IEEM reitera su compromiso de cooperar y colaborar con las autoridades jurisdiccionales para brindar certeza a la ciudadanía, y que magistradas y magistrados locales y federales, cuenten con los elementos necesarios para resolver los medios de impugnación, con apego a las leyes y protegiendo los derechos político-electorales de las y los mexiquenses.

La oportuna atención a las solicitudes ha propiciado, de manera colaborativa, que hasta el momento, las autoridades jurisdiccionales, hayan resuelto un total de 80 asuntos; 59 corresponden a la elección de diputados por el principio de mayoría relativa, y 21 a la elección de miembros de ayuntamientos.

Respecto de la asignación de Diputaciones por el Principio de Representación Proporcional (acuerdo IEEM/CG/163/2024), se presentaron y resolvieron 34 medios de impugnación; 17 fueron resueltos por el TEEM en primera instancia; en una segunda instancia, se desahogaron 17 por la Sala Regional Toluca del TEPJF.

Cabe recordar que los medios de impugnación son mecanismos con que cuentan las y los ciudadanos, las personas candidatas y los partidos políticos a los que se puede acudir en caso de que estimen que un acto o resolución electoral no se ajusta a lo establecido en la legislación en la materia. Sirven para modificar, revocar o anular los actos y las resoluciones que no se apeguen al marco normativo del ámbito electoral.