Julio 16, 2024
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ACUERDO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO

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ALFREDO DEL MAZO MAZA, Gobernador Constitucional del Estado de México, en ejercicio de la facultad que me
conere el artículo 77 fracciones II, XXXVII, XXXVIII y XLVI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2, 4, 7 y 46 de la Ley del Notariado del Estado de México, y
CONSIDERANDO
Que la necesidad de dotar de certeza jurídica a los hechos y actos que generan consecuencias de derecho sustenta
la fe pública notarial, a través de la cual, notarias y notarios hacen constar instrumentos públicos, los cuales favorecen
que el Estado garantice el respeto a los derechos de las personas y sus bienes.
Que la función notarial es el conjunto de acciones de orden público para garantizar el adecuado desempeño y la
seguridad jurídica en el ejercicio de dicha actividad autenticadora al servicio de la sociedad, realizada por
quien es profesional del derecho y ha recibido del Gobernador del Estado nombramiento para ejercer las
funciones propias del notariado, investido de fe pública y que en el ejercicio de esa función dan certeza jurídica a los
actos y hechos pasados ante su fe.
Que las fedatarias y fedatarios públicos tienen a su cargo, en los casos en que no estén encomendadas expresa y
exclusivamente a las autoridades, funciones de orden público que se les solicite y que incluyen dar formalidad a
los actos jurídicos y dar fe de los hechos que le consten, principalmente.
Que mediante Acuerdo del Ejecutivo del Estado, publicado en el Periódico Ocial “Gaceta del Gobierno”, el veintitrés
de octubre mil novecientos ochenta y cinco, se designó al licenciado Ramón Diez Gutiérrez Sentíes como titular de la
entonces Notaría Pública 16 del Distrito Judicial de Tlalnepantla, actualmente Notaría Pública 34 del Estado
de México, con residencia en el municipio de Atizapán de Zaragoza, encomienda que desempeña demostrando
experiencia, capacidad y eciencia en el ejercicio de sufunción.
Que por diverso Acuerdo del Ejecutivo del Estado, publicado en el Periódico Ocial “Gaceta del Gobierno” el
veintitrés de agosto de dos mil veintiuno, se concedió al licenciado Ramón Diez Gutiérrez Sentíes, Notario Público
34 del Estado de México, con residencia en el municipio de Atizapán de Zaragoza, licencia para separarse de la
función notarial, por el término de un año, renunciable, nombrándose al licenciado José Manuel Valdés García,
Notario Interino de la mencionada Notaría.
Que el licenciado Ramón Diez Gutiérrez Sentíes, Notario Público 34 del Estado de México, con residencia en el
municipio de Atizapán de Zaragoza, por escrito presentado el diecinueve de agosto de dos mil veintidós
noticó su reincorporación como titular de la citada notaría.
Que siendo de orden público la función notarial, su prestación debe darse en forma permanente para no
afectar los intereses de los particulares que tramitan sus asuntos en la Notaría de referencia.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO POR EL QUE SE DECLARA LA TERMINACIÓN DE LA FUNCIÓN
NOTARIAL DEL LICENCIADO JOSÉ MANUEL VALDÉS GARCÍA, Y SE DECLARA LA REINCORPORACIÓN AL
EJERCICIO DE LA FUNCIÓN NOTARIAL DEL LICENCIADO RAMÓN DIEZ GUTIÉRREZ SENTÍES,
NOTARIO PÚBLICO 34 DEL ESTADO DE MÉXICO, CON RESIDENCIA EN EL MUNICIPIO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA.

PRIMERO. Se declara la terminación de la función notarial del licenciado José Manuel Valdés García como
Notario Interino de la Notaría Pública 34, con residencia en el municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de
México.
SEGUNDO. Se declara la reincorporación al ejercicio de la función notarial del licenciado Ramón Diez Gutiérrez
Sentíes, Notario Público 34 del Estado de México, con residencia en el municipio de Atizapán de Zaragoza.
TERCERO. Notifíquese el presente Acuerdo al licenciado Ramón Diez Gutiérrez Sentíes, para su conocimiento y
efectos legales correspondientes.
CUARTO. Notifíquese el presente Acuerdo licenciado José Manuel Valdés García, para su conocimiento y
efectos legales correspondientes.

TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Ocial “Gaceta del Gobierno”.
SEGUNDO. El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de su publicación en el Periódico Ocial “Gaceta del
Gobierno”.

TERCERO. Publíquese el presente Acuerdo por una sola vez, en un diario de mayor circulación en la Entidad.
Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, del Estado de México, a los 12 días del
mes de septiembre de dos mil veintidós.

EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE MÉXICO
ALFREDO DEL MAZO MAZA
SECRETARIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RODRIGO ESPELETA ALADRO