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Las nuevas reformas laborales

Martí Batres

Dos años de la actual Legislatura han servido para concretar una variada agenda de reformas laborales progresivas.

Quedó atrás, como referencia negativa histórica, la reforma laboral del 2012, que modificó de forma regresiva la Ley Federal del Trabajo para abaratar el despido de un trabajador, establecer el pago por hora, autorizar la contratación a prueba sin derechos y legalizar toda subcontratación, entre otras contrarreformas.

Al comenzar sus trabajos, la actual Legislatura aprobó el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo en materia de libre sindicación y negociación colectiva.

Poco después se discutió y aprobó una amplia reforma que tocó casi todos los artículos de la Ley Federal del Trabajo, para instituir un sistema de justicia laboral autónomo del Poder Ejecutivo, un órgano de conciliación y registro de los contratos colectivos y el voto directo, personal, libre y secreto para la elección de las dirigencias sindicales. En materia de contratos colectivos de trabajo, además, se acordó un sistema de aprobación de los mismos por voto universal de la base trabajadora.

Sin embargo, las reformas no han parado ahí. También se introdujo el voto directo, personal, libre y secreto para elegir a las dirigencias sindicales de los trabajadores al servicio del Estado.

Más adelante se determinaron reformas a la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social para incorporar al mismo a las personas trabajadoras del hogar.

Y recientemente el Senado aprobó otras reformas:

La que extiende el derecho de las madres trabajadoras a guarderías para sus hijos a los padres trabajadores.

La que disminuye el número de semanas de cotización y aumenta las pensiones de los trabajadores a partir del incremento de las aportaciones patronales.

La que diversifica las formas en que el trabajador puede aprovechar sus créditos del Infonavit para contar con su vivienda propia.

La que establece los derechos del trabajador para la realización del llamado teletrabajo, home office o trabajo desde casa.

De manera particular debe destacarse la reforma al artículo 90 de la Ley Federal del Trabajo para ordenar que: En la fijación anual o revisión del salario mínimo nunca se estará por debajo del índice inflacionario del período transcurrido. En otras palabras, que el salario mínimo nunca aumentará o se actualizará por debajo de la inflación. Esta reforma se aprobó ya en el Senado, pero falta aún la aprobación de la Cámara de Diputados.

Por ejemplo, está el tema de la igualdad salarial, caso en el que, basándose en el principio de que a trabajo igual corresponde salario igual, se busca lograr la equiparación de puestos de trabajo entre mujeres y hombres para alcanzar la igualdad salarial entre los dos géneros.

Está sobre la mesa la propuesta de crear un Seguro de Desempleo, vital derecho en una época de tanta incertidumbre en la permanencia del empleo.

Y finalmente, se encuentra pendiente la reforma sobre outsourcing, figura que despoja al trabajador de sus derechos de empleo permanente, seguridad social y reparto de utilidades.

Así que hay elementos para un tercer año de reformas laborales progresivas y de avanzada. Llegó la hora de recuperar la agenda del mundo del trabajo, tanto tiempo abandonado, relegado y pulverizado. Será para bien de la justicia social y del desarrollo económico.

Senador de la República.