IMPULSO/Agencia SUN
Ciudad De México
La Secretaría de Economía publicó las modificaciones al numeral de la NOM 184 relacionado con el desbloqueo de teléfonos celulares que adquieren los usuarios de pospago y prepago.
En noviembre pasado, EL UNIVERSAL adelantó que la NOM 184 establecía el desbloqueo 24 horas después de que el equipo fuera adquirido, lo cual se contrapone a lo que indica la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Este viernes, la Secretaría de Economía (SE) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las respuestas a los cuestionamientos realizados por empresas como Telcel, AT&T, Axtel y las organizaciones como Anatel y Canieti relacionados con esta norma que contiene los elementos normativos y obligaciones específicas que deben cumplir las empresas que brindan servicios cuando utilizan una red pública de telecomunicaciones.
“Para el caso de pospago desbloquear en un plazo máximo de 24 horas, siempre y cuando se haya realizado en un día y horario hábil. En caso contrario se inicia la cuenta de dicho plazo a partir del siguiente día y horario hábil”, señala el texto de la nueva norma.
Asimismo, menciona que en “prepago debe entregarse desbloqueado al momento del pago del costo total del equipo terminal de telecomunicaciones”.
La dependencia publicó modificaciones a este numeral quedando de la siguiente manera: “para el caso de pospago desbloquear en un plazo máximo de 24 horas, cuando haya sido pagado de contado, concluido su plazo forzoso o se haya realizado la liquidación anticipada, siempre y cuando la solicitud se haya realizado en un día y horario hábil. En caso contrario se inicia la cuenta de dicho plazo a partir del siguiente día y horario hábil”.
La norma está pendiente de ser publicada de manera oficial en el DOF.