Diciembre 22, 2024
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La Doctrina Estrada (IV)

Como lo hemos estado expresando en esta serie, el virtual presidente, Andrés Manuel López Obrador, se ha comprometido como corresponde a todo Gobierno de avanzada, a fortalecer las relaciones exteriores con base en la Doctrina Estrada; para entender a profundidad este concepto básico, que durante décadas le diera respeto y reconocimiento a nuestro México en el mundo, como ya lo dijimos, hemos recurrido a los conceptos del embajador Jorge Palacios Treviño, quien, a su vez, estimó conveniente apoyar su ensayo en los conceptos de los distinguidos diplomáticos Alfonso de Rosenzweig-Díaz y Jorge Castañeda. Con esta entrega, terminamos la serie:

Por su parte –continúa Palacios Treviño-, “nos dice el licenciado Jorge Castañeda, cuando era secretario de Relaciones Exteriores, en entrevista al periodista Luis Suárez, el 2 de julio de 1979, en la que expresó: ‘…el problema del reconocimiento… eso está vinculado… con la Doctrina Estrada: para nosotros… el país que está llamado a pronunciarse cuando ha habido un cambio de gobierno en otro país no debe emitir un juicio valorativo sobre las condiciones internas que privan en otro país, sino que debe meramente ejercer el derecho de legación, es decir, mantener o retirar a su agente diplomático sin la emisión de este juicio valorativo.

Ese es el fondo, la esencia, de la Doctrina Estrada y la aplicaremos ciertamente porque creemos que es una práctica muy útil, muy buena y sí nosotros quisiéramos que todos los demás países también la aplicaran y pensamos hacer eso en el caso de Nicaragua’ -entonces asediada por el intervencionismo.

Unas semanas antes, el 21 de mayo de 1979, el Secretario Castañeda, en otra entrevista de prensa, había dicho: ‘El romper relaciones diplomáticas con otro Estado no es una forma de intervención; aquí hay una confusión constante y se emplean en la forma más ligera estos conceptos que tienen una connotación consagrada en Derecho Internacional… Esta no es una forma de intervención; la intervención en el sentido de Derecho Internacional es una interferencia dictatorial -es la definición clásica-, en los asuntos internos de otro Estado, con objeto de cambiar la situación existente. Son formas de presión, son amenazas para que un Estado modifique una actitud que ha venido tomando o tome una nueva actitud; son formas de presión ilícitas’.

En resumen -concluye Palacios Treviño-, podría decirse que la Doctrina Estrada es, por una parte, un rechazo de la práctica de algunos gobiernos de calificar y consecuentemente otorgar o no su reconocimiento a gobiernos de facto y, por otra, una reafirmación del derecho de legación que tienen los países.

Esta doctrina se sustenta en principios de validez universal principalmente el de la libre determinación de los pueblos y el de la no-intervención, principios que son imprescindibles para una convivencia de respeto mutuo y de cooperación entre las naciones”.

A ello se ha comprometido el virtual presidente electo, Andrés Manuel López Obrador. Estamos seguros que cumplirá y México volverá a enarbolar su tradicional, limpia, respetuosa política exterior. Enhorabuena.