Diciembre 25, 2024
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El informe CEDAW de México (I)

Lograr que el Estado mexicano involucre una mirada de género y de Derechos Humanos en sus acciones no ha sido tarea sencilla, mucho menos desde una perspectiva de garantizar la igualdad como una vía en el acceso a la justicia, no para dar el mismo trato a desiguales –por ejemplo, la sentencia del Caso Porkys-, sino para entender e involucrar las desigualdades históricas y el complejo sistema de control sobre el cuerpo de las mujeres, que los lleva a naturalizar la violencia sexual contra las niñas, adolescentes y mujeres.

El Informe para la CEDAW de México ya fue presentado tal y como se esperaba por parte del Gobierno Mexicano, y el documento reúne diversos compromisos que se presentan como grandes avances para revertir la discriminación que viven las mujeres en México.

El Comité para la Convención sobre Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer deberá dar respuesta a este informe y señalar las recomendaciones generales y reconocimientos que se deriven del cumplimiento de las presentadas en el informe octavo y noveno.

Sin embargo, una lectura concienzuda del Informe nos da un largo y general listado de acciones institucionales que desde el Gobierno Federal se anuncian que han sido cumplidas y que realmente están beneficiando a las mujeres, pero la mayoría de lo señalado en el documento dista mucho de la realidad.

La mejor muestra de “contradicción” entre la realidad y lo que nos dice el Informe es la “perspectiva de género” en los jueces y magistrados de los Tribunales en los estados.

Si bien a nivel federal la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha realizado un trabajo por encabezar la aplicación de la perspectiva de género en la justicia con su Protocolo, capacitación a jueces y magistradas y magistrados, con disposición de Judicaturas para abrirse a estos temas de discusión y fallos novedosos en los Juzgados de Distritos, lo cierto es que las entidades siguen siendo un asunto lleno de opacidad y terreno peligroso.

No solo hay falta de voluntad en la mayoría de los jueces y juezas, sino que los magistrados y magistradas suelen “proteger” a éstos con sentencias a apelaciones promovidas por las familias y defensas de las víctimas de violencia sexual y, en el peor de los casos, se confirma la premisa sexista de que “ella se lo buscó” o simplemente su palabra no tiene credibilidad, silenciando así a las víctimas. Bastaría revisar en ese proceso de la cadena de justicia cuántos casos son reportados ante los números de emergencia (ahora 911) sobre hechos de abuso y violencia sexual contra niñas y niños, contra adolescentes y mujeres, para ver que el número de casos sentenciados y sentencias ratificadas es muy inferior proporcionalmente.

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